Sanciones

Puede ser objeto de una sanción por parte del empresario, el trabajador que comete una falta recogida en el Convenio Colectivo de correspondiente aplicación. Dicha sanción puede ser impugnada por el trabajador en un plazo de 20 días hábiles tras la notificación de la misma.

Si cree que la sanción impuesta por su empresa es injusta, nuestros abogados le informarán de  si puede ser impugnada y anulada.

Recuerde que acumular varias sanciones facilitará al empresario su despido. Nuestro consejo es que no le quite importancia al asunto consultando con un abogado experto en la materia.

SM Abogados

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